Legislación

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) ( DO L 77 de 23.3.2016 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 05-05-2022

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 131

F. Publicación: 05/05/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 131 de 05/05/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)

( Diario Oficial de la Unión Europea L 77 de 23 de marzo de 2016 )

En la página 45, en el anexo VII, punto 1:

donde dice:

«1.

Jefes de estado

No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones aduaneras a los Jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.»,

debe decir:

«1.

Jefes de Estado

No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones fronterizas a los jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.».