Legislación

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/2175 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2019, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 1093/2010, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 1093/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea); el Reglamento (UE) n.° 1094/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación); el Reglamento (UE) n.° 1095/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados); el Reglamento (UE) n.° 600/2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros; el Reglamento (UE) 2016/1011, sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión; y el Reglamento (UE) 2015/847 relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos ( DO L 334 de 27.12.2019 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 05-05-2022

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 131

F. Publicación: 05/05/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 131 de 05/05/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/2175 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2019, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 1093/2010, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 1093/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea); el Reglamento (UE) n.° 1094/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación); el Reglamento (UE) n.° 1095/2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados); el Reglamento (UE) n.° 600/2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros; el Reglamento (UE) 2016/1011, sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión; y el Reglamento (UE) 2015/847 relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos

( Diario Oficial de la Unión Europea L 334 de 27 de diciembre de 2019 )

1.

En la página 128, en el artículo 4, punto 11, en relación con la adición del apartado 13 en el artículo 52 del Reglamento (UE) 600/2014:

donde dice:

«13. Tras consultar con la AEVM, la Comisión [...]»,

debe decir:

«14. Tras consultar con la AEVM, la Comisión [...]».

2.

En la página 129, en el artículo 4, punto 11, en relación con la adición del apartado 14 en el artículo 52 del Reglamento (UE) 600/2014:

donde dice:

«14. En caso de que se inicie el procedimiento descrito en el apartado 13 del presente artículo [...]»,

debe decir:

«15. En caso de que se inicie el procedimiento descrito en el apartado 14 del presente artículo [...]».