CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 31 de julio de 2018, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se dictan instrucciones y se dispone la publicación del III Acuerdo de la comisión de diálogo social del sector público instrumental de la Generalitat relativo a criterios generales de aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal en el sector público instrumental de la Generalitat. [2019/752], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 29-01-2019
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Ambito: Comunidad Valenciana
Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONOMICO
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8474
F. Publicación: 29/01/2019
Publicado el III Acuerdo de la comisión de diálogo social del sector público instrumental de la Generalitat (DOGV 8364, 20.08.2018), relativo a criterios generales de aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal en el sector público instrumental de la Generalitat, se han detectado los siguientes errores y se procede a su corrección.
En el apartado primero, punto 2, tercer párrafo.
Donde dice:
«Dicha solicitud se realizará por conducto de la dirección general con competencia en materia de sector público a la referida comisión, que deberá resolver en el improrrogable plazo de quince días naturales»;
Debe decir:
«Dicha solicitud se realizará por conducto de la dirección general con competencia en materia de sector público a la referida comisión, que deberá ser resuelta por la secretaría autonómica competente en materia de sector público en el improrrogable plazo de quince días naturales, para posteriormente ser comunicada a la subsecretaría de la conselleria de adscripción de cada entidad.»
En el apartado tercero, punto 1, párrafo b.
Donde dice:
«b) En ausencia de las bolsas previstas en el epígrafe a de este apartado, las bolsas resultantes de una convocatoria pública, específica y extraordinaria convocada por el órgano competente de la entidad, previo acuerdo de la comisión de seguimiento de este acuerdo, mediante la realización de pruebas selectivas y de baremación de méritos y experiencia [&]»;
Debe decir:
«b) En ausencia de las bolsas previstas en el epígrafe a de este apartado, las bolsas resultantes de una convocatoria pública, específica y extraordinaria convocada por el órgano competente de la entidad, previo acuerdo de la comisión de seguimiento de este acuerdo, así como la resolución de la secretaría autonómica competente en materia de sector público y posterior comunicación a la subsecretaría de la conselleria de adscripción de cada entidad, mediante la realización de pruebas selectivas y de baremación de méritos y experiencia [&]».
En el apartado tercero, punto 1, párrafo c.
Donde dice:
«c) En ausencia de las bolsas previstas en los epígrafes a y b de este apartado, por razones de urgencia, en función del perfil de los puestos, previa solicitud y acuerdo de la Comisión de Seguimiento de este Acuerdo, podrán constituirse bolsas de empleo temporal [&]»;
Debe decir:
«c) En ausencia de las bolsas previstas en los epígrafes a y b de este apartado, por razones de urgencia, en función del perfil de los puestos, previa solicitud y acuerdo de la Comisión de Seguimiento de este Acuerdo, así como la resolución de la secretaría autonómica competente en materia de sector público y posterior comunicación a la subsecretaría de la conselleria de adscripción de cada entidad, podrán constituirse bolsas de empleo temporal [&]».
València, 30 de noviembre de 2018.- El conseller de Hacienda y Modelo Económico: Vicent Soler i Marco.
