CUESTION de inconstitucionalidad n.º1877-2008, en relacion con el articulo 171. 4 y ultimo parrafo del punto quinto del mismo articulo del Codigo Penal, segun redaccion dada por la Ley Organica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de proteccion integral contra la violencia de genero. - Boletín Oficial del Estado, de 29-12-2008
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Enero de 2009
F. entrada en vigor: 18/01/2009
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 313
F. Publicación: 29/12/2008
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1877-2008, planteada por el Juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, en el juicio oral núm. 523/2007, en relación con el artículo 171. 4 y último párrafo del punto quinto del mismo artículo del Código Penal, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género por posible vulneración de los arts. 1, 10 y 14 de la C. E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el juicio oral núm. 523/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.
Madrid, 9 de diciembre de 2008.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.
