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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3123-2014, en relación con los artículos 2.1, 2.2.1 y 3.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE., - Boletín Oficial del Estado, de 13-06-2014

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 143

F. Publicación: 13/06/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 143 de 13/06/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de junio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3123-2014 planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso directo núm. 2/63/2013, en relación con los artículos 2.1, 2.2.1 y 3.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, por posible vulneración del art. 9.3 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso directo núm. 2/63/2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de junio de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.