Legislación

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5659-2012, en relación a la Disposición Adicional Sexta de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, por posible vulneración de los artículos 9.3, 24.1, 106.1, 117, 118, 149.1.6 y 149.1.18 de la CE., - Boletín Oficial del Estado, de 09-03-2013

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 59

F. Publicación: 09/03/2013

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 59 de 09/03/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 26 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5659-2012, planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el procedimiento ordinario núm. 1131-2001, en relación con la disposición adicional sexta de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, por posible vulneración de los arts. 9.3, 24.1, 106.1, 117, 118, 149.1.6 y 149.1.18 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 1131-2001, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de febrero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.