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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6323-2010, en relación con el artículo 31.b) de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio., - Boletín Oficial del Estado, de 11-10-2010

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Octubre de 2010

F. entrada en vigor: 31/10/2010

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 246

F. Publicación: 11/10/2010

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 246 de 11/10/2010 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6323-2010 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Santander, en el procedimiento abreviado núm. 269/2007, en relación con el artículo 31.b) de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio, por posible vulneración del artículo 149.1.13.ª de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 269/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de septiembre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.