Legislación

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 776-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los artículos 9.3, 14, 18, 24, 39 y 117.3 de la Constitución., - Boletín Oficial del Estado, de 09-11-2012

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Noviembre de 2012

F. entrada en vigor: 29/11/2012

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 270

F. Publicación: 09/11/2012

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 270 de 09/11/2012 y no contiene posibles reformas posteriores

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, por Auto de 29 de octubre actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad número 776-2010, por desaparición sobrevenida de su objeto, planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, en el recurso de apelación civil número 193/2008, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los artículos 9.3, 14, 18, 24, 39 y 117.3 de la Constitución, que fue admitida a trámite por providencia de 19 de mayo de 2010 («Boletín Oficial del Estado» número 136, de 4 de junio de 2010).

Madrid, 29 de octubre de 2012.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.