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CUESTION de inconstitucionalidad numero 3490-2007, en relacion con el articulo 171. 4 del Codigo Penal, en la redaccion dada por la Ley Orga nica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de proteccion integral contra la violencia de genero. - Boletín Oficial del Estado, de 10-07-2007

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Julio de 2007

F. entrada en vigor: 30/07/2007

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 164

F. Publicación: 10/07/2007

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 164 de 10/07/2007 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3490-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en el Juicio Oral núm. 459/2006, en relación con el art. 171. 4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 1. 1, 9.1, 9.2, 9.3, 10, 14, 17, 24.2 y 25.1 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artícu lo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37. 2 de la LOTC, en su nueva redacción quienes sean parte en el procedimiento judicial, Juicio Oral núm. 459/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 19 de junio de 2007.– La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.