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CUESTION de inconstitucionalidad numero 8973-2007, en relacion con el articulo 153.1 del Codigo Penal, en la redaccion dada por la Ley Organica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero. - Boletín Oficial del Estado, de 31-01-2008

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Febrero de 2008

F. entrada en vigor: 20/02/2008

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 27

F. Publicación: 31/01/2008

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 27 de 31/01/2008 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8973-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Murcia, en el procedimiento abreviado núm. 101/2007, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 10, 14, y 24.2 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento abreviado núm. 101/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 16 de enero de 2008.– La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.