Da 1 Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
Ver Indice
»D.A. 1ª. Sistemas de control coordinados para garantizar que no se supera la capacidad de acceso otorgada.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las instalaciones de generación de electricidad cuya potencia total instalada supere la capacidad de acceso otorgada en su permiso de acceso deberán disponer de un sistema de control, coordinado para todos los módulos de generación e instalaciones de almacenamiento que la integren, que impida que la potencia activa que esta pueda inyectar a la red supere dicha capacidad de acceso.
