Da 1 se adoptan medidas e...undaciones

Da 1 se adoptan medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud y de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos para favorecer la recuperación de las inundaciones

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D.A. 1ª. Modificación de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana

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1. Se añade un nuevo párrafo al apartado 4 del artículo 7 con el siguiente tenor literal:

«No obstante, por razones organizativas derivadas de situaciones de emergencia, crisis sanitaria o en cualquier otra que ponga en riesgo la salud pública, el personal laboral a extinguir, de forma extraordinaria y por el tiempo estrictamente necesario, podrá ser destinado en el ámbito territorial de los centros afectados, para el desempeño de las funciones correspondientes a su contrato de trabajo u otras análogas, siempre que lo permita su capacitación o habilitación profesional, con pleno respeto de sus condiciones retributivas y laborales, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.6 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores».

2. Se incorpora un párrafo cuarto bis, en el artículo 7 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana con el siguiente tenor literal:

«4. bis. Será incompatible la toma de posesión como personal estatutario fijo con la vigencia del vínculo contractual como personal laboral a extinguir en la misma categoría y, en su caso, especialidad. A tal efecto, la toma de posesión como personal estatutario fijo por quien ostente la condición de personal laboral a extinguir conllevará la renuncia automática de esta última condición».