Da 1 Aguas para Andalucía

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DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Registro de derechos y autorizaciones.

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En el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley la Consejería competente en materia de agua deberá disponer de un sistema de acceso público a la información de los registros públicos de concesiones de agua y autorizaciones de vertido, que podrá ser consultado a través de sistemas telemáticos.