Da 1 Comercio de C. Valenciana
D.A. 1ª. Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana
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El Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana a que se refiere el artículo 31 de la presenta ley, se tramitará conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana, y corresponderá su elaboración a la consellería competente en materia de comercio con la colaboración de la consellería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación a través de su consejo, debiendo iniciarse su periodo de exposición pública durante el primer trimestre de 2015 y aprobarse provisionalmente por la consellería competente en materia de comercio en el plazo máximo de un año, a contar desde que finalice el periodo de exposición pública.
- Modificación realizada (D.A. 1ª) por LEY 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
(GV de 29-12-2014) en vigor desde 01-01-2015 - Modificación realizada (D.A. 1ª) por LEY 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
(GV de 27-12-2013) en vigor desde 01-01-2014 - Artículo modificado (D.A. 1ª) por LEY 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. [2011/13102]
(GV de 28-12-2011) en vigor desde 01-01-2012
