Da 1 Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras
Ver Indice
»D.A. 1ª.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Podrán acogerse a los beneficios establecidos en esta Ley los socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas y trabajadores de las sociedades laborales, durante los períodos de descanso por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento, con independencia del régimen de afiliación de la Seguridad Social, en el que estuvieren incluidos, con las peculiaridades propias de la relación societaria.
