Da 1 Cooperación al Desarrollo de Navarra
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»D.A. 1ª.
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Se modifica la letra i) del apartado 1 del artículo 24 del Texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, cuya nueva redacción será la siguiente:
"i) Cuando sean autorizados para realizar una misión en Organismos Internacionales, Gobiernos o Entidades públicas extranjeras, en programas de cooperación internacional o al servicio de una Organización No Gubernamental de Desarrollo sin fines lucrativos, reconocida legalmente, en algún proyecto o programa cofinanciado por la Administración respectiva."
