Da 1 Coordinación de Policías Locales de Cantabria
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»D.A. 1ª. Adaptación de normas-marco.
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En el plazo de un año, a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de Cantabria adaptará las normas-marco a que hace referencia el artículo 7 de la presente ley.
