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Da 1 se describen las distinciones que la Xunta podrá otorgar al personal de los cuerpos de policía local y al personal vigilante municipal, así como a aquellas personas o entidades públicas y privadas que destaquen por su conducta a favor de las policías loca

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D.A. 1ª. Uso y exhibición de las distinciones previstas en esta orden.

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1. La exhibición de las medallas descritas en esta orden queda reservada para su uso con la uniformidad de gala en los actos propios convocados por la Academia Gallega de Seguridad Pública, para los actos del día de la festividad de la Policía Local de Galicia, y en todos los actos solemnes propios de cada ayuntamiento en los que así lo determinen.

2. En los restantes actos en los que no proceda el uso de medallas con la uniformidad de gala, se usarán los pasadores de las distinciones.

3. En los actos organizados por otras fuerzas y cuerpos de seguridad o de las Fuerzas Armadas, se ajustará a sus normas específicas.

4. En la uniformidad de trabajo únicamente podrán usarse los pasadores de las distinciones y solo para los actos indicados en los apartados anteriores.

5. El lugar de colocación de las distinciones será el delantero superior izquierdo de la prenda superior de los uniformes de trabajo y de gala.

6. Cuando se acuda a un acto en el que se vaya a recibir una distinción, no se exhibirá otra en el uniforme como señal de respeto y cortesía con la que se vaya a imponer.

7. El orden de precedencia para la exhibición de las distinciones recibidas por las policías locales de Galicia será el siguiente:

a) Distinciones propias de cada ayuntamiento.

b) Distinciones concedidas por la Xunta de Galicia específicamente para las policías locales, con el siguiente orden:

1º. Encomienda de dedicación al servicio.

2º. Placa individual al mérito de la policía local.

3º. Medalla al mérito de la policía local.

4º. Distintivo de 35 años de permanencia.

5º. Distintivo de 25 años de permanencia.

6º. Distintivo de 15 años de permanencia.

c) Otras distinciones concedidas por la Xunta de Galicia.

d) Distinciones concedidas por otros ayuntamientos de Galicia.

e) Distinciones concedidas por los cuerpos policiales de ámbito autonómico o nacional, o por las Fuerzas Armadas.

f) Distinciones concedidas por entidades y organismos del resto de las administraciones públicas de ámbito local, autonómico o estatal.

g) Distinciones concedidas por instituciones públicas y privadas, españolas o extranjeras, de reconocido prestigio o utilidad social.