Da 1 Función Pública de Andalucía -Derogada-
- Norma vigente hasta el 14 de diciembre de 2023. No obstante, aquellas materias reguladas en la Ley 5/2023, de 7 de junio, para cuya aplicación sea necesario el posterior desarrollo reglamentario continuarán rigiéndose por las previsiones de la presente Ley, y sus disposiciones de desarrollo, hasta que entren en vigor las correspondientes disposiciones reglamentarias. - Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
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»D.A. 1ª.
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Una vez aprobada la Ley en que se regule el régimen del personal de las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con ésta, se determinarán reglamentariamente las competencias que correspondan en esta materia a los órganos superiores de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como la nueva composición, que al efecto haya de establecerse, del Consejo de la Función Pública.
