Da 1 Marco de concertació...n Primaria

Da 1 Marco de concertación con las EE.LL. para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria

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D.A. 1ª. Tramitación de convenios para municipios, mancomunidades o agrupaciones de municipios que ya tuvieran convenio en 2016.

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1. La Consejería competente en materia de servicios sociales procederá a unificar en un único convenio todos los convenios, de los regulados en el presente decreto, que tuvieran suscritos en el año 2016 las Entidades locales, tomando como referencia las cuantías establecidas en dicho año para fijar las correspondientes al 2017.

2. En el caso de los convenios de ayuda a domicilio en el marco del PRAS, o de los convenios de Plan Concertado o Supramunicipales que lleven incorporada la financiación de ayuda a domicilio, las cuantías se fijarán en función del número de horas prestadas en 2016 y las propuestas de incorporación a la prestación que hayan sido realizadas por los profesionales de servicios sociales de atención primaria en el año 2016.

3. Igualmente, aquellas Entidades locales que deseen desarrollar proyectos en el marco de la prestación de prevención y atención integral ante situaciones de exclusión social de la prestación de ayuda a domicilio como proyecto de carácter innovador o que tuvieran suscrito en el año 2016 un Plan Local de Integración Social, siempre que deseen continuar con el mismo, deberán solicitar su incorporación al convenio de Plan Concertado o al convenio de ámbito Supramunicipal en el año 2017, para lo cual deberán presentar, mediante el envío telemático de datos a través de la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección.

http://www.jccm.es, la siguiente documentación, desde el 1 de enero hasta el 31 de enero de 2017:

1º Solicitud.

2º Proyecto.

Los modelos estarán disponibles en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: www. jccm.es.