Da 1 Medidas 2006 Fiscales y de Contenido Financiero
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Competencia para autorizar conciertos de reserva y/o ocupación de plazas en centros de servicios sociales.
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1. Los conciertos de reserva y/o ocupación de plazas en centros se servicios sociales, así como sus prórrogas y modificaciones, serán formalizados, previo informe del servicio de asesoramiento jurídico de la Consejería competente en materia de servicios sociales, por el titular de dicha Consejería, sin que requieran autorización del Consejo de Gobierno.
2. Las prórrogas o modificaciones de los conciertos ya celebrados se ajustarán a lo establecido en el apartado anterior.
