Da 1 medidas extraordinarias y urgentes en materia de capitalidad de Palma y Eivissa, de Menorca Reserva de Biosfera y de transporte interinsular de residuos de Formentera a Ibiza
D.A. 1ª. Aportaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a favor del Ayuntamiento de Palma en concepto de coste de capitalidad para los años 2024 y 2025
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1. En el marco de lo dispuesto en el artículo 142 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma, se establecen dos aportaciones específicas con cargo a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y a favor del Ayuntamiento de Palma, correspondientes a los años 2024 y 2025, por un importe de veinticinco millones para cada uno de los citados años.
2. Las cuantías mencionadas en el apartado anterior determinan un derecho a cobro a favor del Ayuntamiento de Palma por un importe total de cincuenta millones de euros.
No obstante, el pago efectivo del mencionado derecho a cobro, sin derecho a intereses legales ni moratorios, se hará de la siguiente forma:
a) En el ejercicio presupuestario de 2025, una cuantía de quince millones de euros.
b) En cada uno de los ejercicios presupuestarios de 2026 a 2032, ambos inclusive, la cuantía de cinco millones de euros cada anualidad.
3. Se autoriza al consejero de Economía, Hacienda e Innovación para que habilite los créditos necesarios para ello en la sección de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente a la consejería competente en materia de entidades locales, sin perjuicio de las modificaciones de crédito que, en su caso, deban realizarse con el fin de dotar las partidas correspondientes, y sin perjuicio de la tramitación y aprobación del correspondiente expediente de gasto plurianual.
