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Da 1 Medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda

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D.A. 1ª. Resolución extrajudicial de conflictos

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El departamento competente en materia de mediación en el ámbito del derecho privado debe impulsar, en colaboración con el departamento competente en materia de vivienda y con las entidades representativas de los agentes que intervienen en la prestación de servicios inmobiliarios, el establecimiento de sistemas de resolución extrajudicial de conflictos que se produzcan entre arrendadores y arrendatarios como consecuencia de los contratos de alquiler y, en particular, de la determinación de las rentas y las pretensiones de reembolso de cantidades pagadas en exceso en aplicación de este Decreto ley. En el supuesto de que el contrato se concluya entre una empresa y una persona consumidora, las partes pueden optar por la mediación y/o el arbitraje de consumo.