Da 1 Medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en el ámbito del distrito de cuenca fluvial
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Da 1 Medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en el ámbito del distrito de cuenca fluvial

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D.A. 1ª. Aplazamiento y/o fraccionamiento de pago sin intereses de las sanciones impuestas a entes locales por incumplimiento del Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía.

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Los entes locales que hayan sido sancionados por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía, al amparo del régimen sancionador previsto en el artículo 29 bis del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, pueden solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de su pago, de acuerdo con la normativa vigente en materia de recaudación. Durante el plazo del aplazamiento y/o fraccionamiento del pago de estas sanciones, no se acreditan intereses de demora siempre que se cumplan las dos condiciones siguientes:

a) Que la solicitud del aplazamiento y/o fraccionamiento se presente en cualquier momento anterior a la finalización del plazo voluntario de pago.

b) Que el aplazamiento y/o fraccionamiento se solicite por un plazo máximo de 12 meses a contar a partir de la fecha de la solicitud.