Da 1 Medios personales y materiales necesarios para la celebración de Elecciones al Parlamento
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»D.A. 1ª. Desarrollo y ejecución de este Decreto.
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Se faculta a la persona titular de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, así como para resolver las incidencias y adoptar cuantas medidas sean precisas para el buen desarrollo del proceso electoral.
Asimismo, queda facultada para modificar mediante orden el anexo I de este Decreto.
