Da 1 Ordenación Farmacéutica de Cantabria
Ver Indice
»D.A. 1ª. Convenios de colaboración.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales podrá instrumentar la colaboración entre el Colegio de Farmacéuticos, las organizaciones y colectivos representativos del sector y la Administración sanitaria, prevista en el articulado de la presente Ley, suscribiéndose a tal efecto los convenios de colaboración que procedan
