Da 1 Organización y funcionamiento del Servicio Jurídico
D.A. 1ª. Modificación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Se modifica y se da una nueva redacción al apartado 1 del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:
«Artículo 26.
1. Se establecen los siguientes Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria:
a) Cuerpos de Administración General:
1.º Cuerpo Técnico Superior.
2.º Cuerpos de Gestión.
3.º Cuerpo Administrativo.
4.º Cuerpo General Auxiliar.
5.º Cuerpo General Subalterno.
b) Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
8.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.
9.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»
- Texto Original. Publicado el 31-07-2006 en vigor desde 01-08-2006