Da 1 Patrimonio Cultural de C Léon

Da 1 Patrimonio Cultural de C. Léon

Ver Indice
»

D.A. 1ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los bienes situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, tuviesen la consideración de Bienes de Interés Cultural o incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles previsto en el artículo 26 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, serán considerados, respectivamente, como bienes declarados de interés cultural o inventariados, mientras no sea revisada su clasificación con arreglo a las categorías establecidas en la presente Ley.