Da 1 Perros de asistencia de La Rioja
D.A. 1ª. Centros de adiestramiento.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
A los efectos de la presente ley, tendrán la consideración de centros de adiestramiento los que tengan su domicilio o desarrollen su actividad principal en la Comunidad Autónoma de La Rioja y sean acreditados por el Gobierno de La Rioja, conforme a lo previsto en el artículo 5.
Asimismo, y a efectos del reconocimiento de los perros de asistencia entregados por los mismos, se considerarán centros de adiestramiento acreditados los que, teniendo su domicilio o desarrollando su actividad principal en otra comunidad autónoma o país, pertenezcan como miembros de pleno derecho a la International Guide Dog Federation (IGDF) o a Assistance Dogs International (ADI).
En todo caso, se reconoce dicha condición de centro de adiestramiento a la Fundación ONCE respecto de los perros guía entregados a personas usuarias residentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
