Da 1 Procedimiento para certificación de eficiencia energética de edificios
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»D.A. 1ª. Certificaciones de edificios pertenecientes u ocupados por las administraciones públicas.
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Para los edificios pertenecientes u ocupados por una administración pública, los certificados, a los que se refieren los artículos 9 y 10, de este real decreto, podrán realizarse por técnicos competentes de cualquiera de los servicios de esas administraciones públicas.
