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Da 1 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia de las personas y el acceso a las prestaciones

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D.A. 1ª. Personas bajo medidas protectoras o en centros públicos.

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1. En el supuesto de personas bajo medidas protectoras del Gobierno de Aragón o que ocupen plaza pública en un centro de titularidad del Gobierno de Aragón, el procedimiento se iniciará en la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios competente por razón del territorio.

2. El Programa Individual de Atención se elaborará y tramitará íntegramente en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-05-2019 en vigor desde 01-06-2019