Da 1 promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
Ver Indice
»D.A. 1ª.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Gobierno de la Generalidad deberá aprobar el Código de Accesibilidad, que refundirá todas las normas dictadas en la materia.
El Código de Accesibilidad deberá contener también las condiciones técnicas de accesibilidad de todos aquellos usos urbanísticos, actividades, transportes y edificación contenidos en los anexos 1 y 2 del Decreto 100/1984, de 10 de abril.
