Da 1 Puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales
- Con efectos a partir del 1 de enero de 2015, todas las referencias hechas en el presente real decreto a los Secretarios judiciales deben entenderse realizadas a los Letrados de la Administración de Justicia. - Ley Organica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Organica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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»D.A. 1ª. Actualización de retribuciones.
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1. Todas las cuantías fijadas en este real decreto, se actualizarán de acuerdo con los incrementos anuales que proceda aplicar a las retribuciones de los Secretarios Judiciales de acuerdo con lo establecido para el conjunto del sector público estatal en las leyes de Presupuestos Generales del Estado.
2. Los grupos de población previstos en el anexo I, podrán actualizarse por el Gobierno con las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal declarado oficial por el Gobierno.
