Da 1 Régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
- Téngase en cuenta sobre medidas en materia de becas y ayudas para el curso 2022-2023 lo establecido en el título IV del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2022-12925 - Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad economica en el ambito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, asi como de medidas de ahorro, eficiencia energetica y de reduccion de la dependencia energetica del gas natural.
D.A. 1ª. Enseñanzas, cuantías y umbrales.
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Copiloto jurídico
Previa consulta a las comunidades autónomas, el Gobierno aprobará, en el primer trimestre del año, un real decreto en el que se especificarán los siguientes extremos.
a) La asignación de los fondos del Programa de becas y ayudas a estudiantes a cada una de las distintas convocatorias cuando éstas tengan un número predeterminado de beneficiarios y, en su caso, los criterios de prioridad.
b) Las enseñanzas para las que se concederán las becas y ayudas al estudio.
c) Las cuantías de los componentes y modalidades de las becas o ayudas para cada una de las enseñanzas.
d) Los umbrales de renta y de patrimonio familiar para la obtención de cada uno de los componentes de las becas o ayudas al estudio, así como el importe de las deducciones que deban practicarse sobre la renta o el porcentaje de valoración del patrimonio, en su caso.
e) Los requisitos, condiciones socioeconómicas u otros factores precisos para asegurar la igualdad en el acceso a las citadas becas y ayudas al estudio en todo el territorio. A estos efectos, alguno de los umbrales podrá establecerse en forma de intervalo, siendo en ese caso financiadas por el Ministerio de Educación y Ciencia las becas y ayudas sujetas al extremo inferior del mismo y objeto de cofinanciación entre éste y la correspondiente comunidad autónoma las becas y ayudas otorgadas a los interesados que se encuentren dentro del intervalo fijado.
