Da 1 Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
D.A. 1ª. Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia
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Se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 205/2008, de 22 de diciembre:
Uno. Se da nueva redacción al apartado 3 de la letra b) del artículo 13, que queda redactado en los siguientes términos: «3. La solicitud para la aplicación del régimen fiscal especial previsto en el Título II de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, o la renuncia a dicha aplicación.»
Dos. Se da nueva redacción a la letra p) del apartado 3 del artículo 17, que queda redactada en los siguientes términos:
«p) Solicitar la aplicación del régimen fiscal especial previsto en el Título II de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.»
Tres. Se da nueva redacción a la letra m) del apartado 2 del artículo 18, que queda redactada en los siguientes términos:
«m) Solicitar o renunciar a la aplicación al régimen fiscal especial previsto en el Título II de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.»
