Da 1 Reglamento de asistencia jurídica gratuita de Galicia
D.A. 1ª. Autorización de cesión de datos de naturaleza tributaria a las comisiones de asistencia jurídica gratuita.
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La presentación de la solicitud de asistencia jurídica gratuita supondrá la autorización de la persona solicitante para que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita obtenga de forma directa de la Administración tributaria los datos correspondientes a su declaración anual, a efectos del impuesto de la renta de las personas físicas, o, en su caso, la acreditación de que no está obligada a presentar dicha declaración, así como su declaración a efectos del impuesto del patrimonio. Además, la solicitud también supondrá autorización para que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita obtenga directamente del Catastro de la Propiedad Inmobiliaria una relación de inmuebles a su nombre y de la Tesorería de la Seguridad Social un informe de la vida laboral. En estos casos, la persona solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación.
No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las mencionadas certificaciones.
