Da 1 Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales
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A los efectos de lo previsto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/1999 de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, la integración de las actuales categorías del Cuerpo de Guardería Forestal, será la siguiente:
a) Los Jefes de Zona quedarán integrados como Agentes.
b) Los Jefes de Comarca quedarán integrados como Coordinadores Comarcales.
c) Los Subinspectores quedarán integrados como Coordinadores Adjuntos.
