D.A. 1ª
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Los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos que ocupen una dirección de servicio, jefatura de sección o de negociado, o unidad asimilada a las anteriores, podrán participar en los concursos de traslado y en los de ascenso de categoría correspondientes a plazas de su nivel y nombramiento. La toma de posesión de una plaza adjudicada en dichos procedimientos conllevará el cese en la dirección de servicio o jefatura de sección, negociado o unidad asimilada a las anteriores.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 1ª) por DECRETO FORAL 59/2005, de 14 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Provision de puestos de trabajo en las Administraciones Publicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral215/1985, de 6 de noviembre.
(NA de 01-04-2005) en vigor desde 02-04-2005 - Artículo modificado (D.A. 1ª (se añade)) por DECRETO FORAL 57/2003, de 24 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 02-04-2003) en vigor desde 03-04-2003
