Da 1 Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas
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»D.A. 1ª. Permisos y planes de restauración de las minas de uranio.
Vigente
Los permisos de explotación y la ejecución de los planes de restauración de las minas de uranio requerirán, con carácter previo a su concesión por la autoridad competente, el informe preceptivo y vinculante del Consejo de Seguridad Nuclear en materia de protección radiológica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1999 en vigor desde 01-01-2000