Da 1 Reglamentos 1/1995, 2/1995, 3/1995, 4/1995 y 5/1995, de la Carrera Judicial, de la Escuela Judicial, de los Jueces de Paz, de los Órganos de Gobierno de Tribunales y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales
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»D.A. 1ª. Reglamento de Horario de Trabajo en la Administración de Justicia.
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El Reglamento número 1/1987, de 9 de septiembre de 1987, sobre Horario de Trabajo en la Administración de Justicia, desarrollado por Acuerdo de 20 de julio de 1994, conservará su vigencia hasta tanto el Ministerio de Justicia e Interior haga uso de las atribuciones que le reconoce el artículo 189 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
