Da 1 Se regula el Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo
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»D.A. 1ª. Constitución del Consejo Valenciano de Cooperación
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El Consejo Valenciano de Cooperación al Desarrollo se constituirá en el plazo de dos meses desde la publicación del presente decreto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
