Da 1 regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas
- Norma derogada desde el 1 de mayo de 2026 - Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización.
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»D.A. 1ª. Publicidad de las denominaciones preexistentes.
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Los pliegos de condiciones de las denominaciones preexistentes vinícolas citados en el artículo 118 vicies del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, y los expedientes técnicos de las indicaciones geográficas preexistentes de bebidas espirituosas, citados en el artículo 20 del Reglamento (CE) n.º 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, serán publicados en una página web oficial.

