Da 1 Se regulan los albergues turísticos

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D.A. 1ª. Aplicación de otras normativas.

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Sin perjuicio de la regulación contenida en el presente Decreto, las empresas de alojamiento turístico en albergues deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia de urbanismo y ordenación del territorio, medio ambiente, biodiversidad, salud pública y seguridad alimentaria, prevención contra incendios y cualesquiera otras que sean de aplicación.