Da 1 Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico
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»D.A. 1ª. Desarrollo reglamentario
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El Consejo Rector aprobará en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de su designación, su reglamento orgánico y de funcionamiento, que será publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
El Consejo Rector aprobará en el plazo de cuatro meses, a contar desde la publicación de su designación, el reglamento orgánico y de funcionamiento del Consejo de la Ciudadanía, que será publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
El Consejo Rector aprobará en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la publicación de su designación, el reglamento orgánico y de funcionamiento del Consejo de Informativos, que será publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
