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Da 1 Sistema de colaboración de los Circuitos Escénicos -Derogada-

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D.A. 1ª. Representaciones de los espectáculos programados en espacios no incluidos en los Circuitos Escénicos.

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Cuando sus peculiares características lo hagan aconsejable, previa autorización de la Dirección General competente en materia de políticas culturales, podrán realizarse espectáculos de artes escénicas y musicales en espacios no incluidos en Circuitos Escénicos de Castilla y León, siempre que la entidad integrada sea propietaria, arrendataria o disponga por cualquier otro título jurídico de dichos espacios.