Da 1 TR. de la Ley del Patrimonio de Euskadi
Ver Indice
»D.A. 1ª.- Modificación y actualización de cuantías.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.- Las cuantías establecidas en esta ley podrán ser modificadas por las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
2.- El Consejo de Gobierno actualizará la cuantía de las sanciones previstas en esta ley con arreglo al índice general de precios al consumo.
