Da 1 Transparencia y Gobierno Abierto

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D.A. 1ª.-Comisión de seguimiento para la implantación de la transparencia y del "Gobierno Abierto".

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1. Sin perjuicio de las funciones concretas y específicas atribuidas en el artículo 51 de la Ley Foral a la Comisión Interdepartamental que se creará por el Gobierno de Navarra para promover, planificar y coordinar el diseño y la propia ejecución del Plan General de Simplificación Administrativa, se crea en esta Ley Foral, la Comisión de seguimiento para la implantación de la transparencia y del Gobierno Abierto, como unidad encargada de impulsar, con carácter general, la puesta en funcionamiento de las medidas recogidas en la presente Ley Foral, de valorar el grado de implantación de éstas, y en su caso, de promover todas aquellas actuaciones correctoras de cara a lograr, en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral, la plena efectividad y cumplimiento de las disposiciones recogidas en la misma.

2. La Comisión de Seguimiento estará presidida por el Consejero competente en materia de Presidencia, y se compondrá, además de por los titulares de las Direcciones Generales con competencias en las materias de Presidencia y de Gobierno Abierto y Nuevas Tecnologías, y al menos un representante con rango mínimo de Director General por cada una de las áreas departamentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

3. La Comisión de Seguimiento elaborará y publicará cada año un informe sobre el grado de aplicación de esta Ley Foral, y realizará cada cuatro años una evaluación conjunta de su aplicación con, en su caso, propuestas para la introducción de mejoras que la puedan hacer más efectiva.

4. Asimismo, elaborará y publicará información periódica de carácter estadístico sobre las solicitudes de información pública recibidas, así como información sobre la experiencia adquirida en la aplicación de esta Ley Foral, garantizando en todo caso la confidencialidad de los solicitantes.

5. La Comisión de Seguimiento será asistida en el ejercicio de sus funciones por una comisión técnica designada al efecto.