Da 1 Uso estratégico de la contratación pública
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D.A. 1ª. Régimen de contratación de las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón y la Cámara de Cuentas de Aragón.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

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1. Las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón y la Cámara de Cuentas de Aragón ajustarán su contratación a las normas establecidas en esta ley para las Administraciones públicas.

2. Los órganos competentes de las Cortes de Aragón, del Justicia de Aragón y de la Cámara de Cuentas de Aragón podrán establecer un órgano común, en su caso, para conocer de la resolución de las cuestiones previstas en el apartado primero del artículo 118 de esta ley. Estas instituciones podrán también, en su caso, atribuir al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón la resolución de dichas cuestiones mediante la celebración del correspondiente convenio con el Gobierno de Aragón.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023