Da 10 Cambio Climático y Transición Energética de Navarra
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»D.A. 10ª. Planificación territorial, sectorial y urbanística municipal.
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Se establece un plazo de ocho años desde la entrada en vigor de la presente ley foral para que todos los planes territoriales, planes directores sectoriales y planes generales de ordenación a los que se hace referencia en la presente ley foral sean revisados desde la perspectiva de la reducción de los riesgos climáticos y el tránsito hacia un territorio neutro en carbono.
