Da 10 General Tributaria de Bizkaia
Ver Indice
»D.A. 10ª
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
(Nota: Esta disposición ha sido anulada por sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 14 de enero de 2008)
Será de aplicación, en todo caso, lo dispuesto en la normativa vigente en la fecha de devengo del Impuesto sobre Sociedades correspondiente, en relación con los períodos impositivos concluidos con anterioridad a la fecha en que surta efectos, en su caso, la sentencia recaída en el recurso de casación número 7893/99.
Modificaciones
- Modificación realizada (Gana firmeza la anulación jurisdiccional de las disposiciones adicional décima y final segunda de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo dictada por sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 14 de enero de 2008) por Anuncio de las Juntas Generales de Bizkaia sobre ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo en el recurso de casacion número 1207/2008.
(BI de 07-08-2012) en vigor desde 01-07-2005 - Artículo modificado (Gana firmeza la anulación jurisdiccional de las disposiciones adicional décima y final segunda de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo dictada por sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 14 de enero de 2008) por Anuncio de las Juntas Generales de Bizkaia sobre ejecucion de la sentencia del Tribunal Supremo en el recurso de casación número 1207/2008.
(BI de 17-08-2012) en vigor desde 01-07-2005
